El contrato de formación en alternancia es el contrato laboral que más ventajas aporta a las empresas. Con este tipo de contrato la empresa se beneficia de una bonificación en los Seguros Sociales durante toda su vigencia.
Esta modalidad contractual permite que la persona contratada adquiera la formación profesional específica para un puesto de trabajo, mediante un sistema teórico-práctico.
Estos son los requisitos que debe cumplir la persona que contrates para un CONTRATO FORMACIÓN EN ALTERNANCIA:
Además, desde González Rodríguez Asesores, te recomendamos que tengas en cuenta los siguientes requisitos en tu selección de personal, para que tu contrato de formación sea un éxito:
En cuanto a la empresa, es necesario que se cumplan estos requisitos para un contrato de formación bonificado:
Si se cumplen los anteriores requisitos, la empresa podrá bonificar los seguros sociales del contrato de formación durante toda su vigencia.
La normativa no establece límite, así que, salvo lo establecido en convenio, la empresa podrá celebrar tantos contratos de formación en alternancia como le sea necesario.
Nuestro consejo para el buen funcionamiento del sistema de formación en alternancia sería un máximo de 3 personas en contrato de formación por cada tutor/a en la empresa.
La Reforma Laboral prevé que en los próximos meses se regule el número de contratos formativos máximo permitido por empresa. Te informaremos en cuanto se produzca alguna variación al respecto.
Cursos de Obligado Cumplimiento
Un autónomo/a puede contratar a sus hijos como trabajadores por cuenta ajena si son menores de 30 años, independientemente de si conviven con él o no, con derecho a la bonificación de las cuotas a la seguridad social.
Somos colaboradores de GRUPO2000, gestionamos los contratos con su catálogo de ocupaciones